Para resolver conflictos es necesario atender a tres facetas: reparación, reconciliación y resolución, y en la medida que éstas se satisfacen es más probable que el modelo utilizado para la gestión de la convivencia tenga más posibilidades de éxito. De un modo sintético pasamos a desarrollar los tres modelos apuntados:
El modelo punitivo principal; por ejemplo, ante un conflicto entre dos o mas personas, o una violación de la normativa del centro, el Consejo Escolar, o la persona a la que le corresponde, aplica una corrección de tipo sancionador (partes, expedientes,
expulsiones).
Desde el punto de vista de su potencial de resolución de los conflictos en
profundidad nos encontramos las siguientes limitaciones.
Reparación.
Reparación.
puede suceder que sólo nos interese como denunciante y puede producirse
un aumento del sentimiento de indefensión de la “víctima” como
consecuencia indirecta del castigo infligido al “agresor” 3.
Para que comprender mejor el texto, se propuso y se aceptó, la idea de crear una serie de videos, cada uno con un tipo de resolución de conflictos, para que viesemos mucho más gráficamente la idea del texto.
Lo que presentamos en nuestro video (que no podemos subir) fue el conflicto de dos alumnas con su profesor de historia y como las alumnas, para intentar solucionarlo, recurren a su directora, aunque ésta, en vez de ayudarlas, lo único que desea es acabar con el conflicto para quitarse un problema de encima.Plantea un diálogo sincero para que los conflictos suyacentesDedica atención a la mejora de la relación entre las partes. El diálogo es una herramienta básica en este modelo. Con respecto a la persona (o personas) que ha sufrido el dañoEn el modelo relacional y en el integrado elPuede quedar sin resolver en profundidad el conflicto ya que elCon respecto a la relación entre las partes podemos
Con respecto a la persona (o personas) que ha sufrido el daño.- Actúa aplicando una sanción o corrección como medida
Reconciliación.
encontrarnos que no se produce una reconciliación entre ellas, y queda sin
resolver en profundidad el conflicto: ni se evita adecuadamente el trauma de
la víctima, ni la culpa del agresor, ya que lo que acaba uniendo a las partes
es el sufrimiento ocasionado por el castigo.
Resolución.
Resolución.
tema subyacente que puede estar explicando el conflicto (conflicto de
intereses, necesidades, valores o relación) no tiene por qué abordarse, es
más, es probable que la persona que haya sufrido el castigo puede
manifestar una falta de interés por establecer un diálogo para abordar el
conflicto debido a que puede tener la impresión de que el tema se ha
cerrado con el castigo.Modelo relacional e integrado.-
poder de la resolución del conflicto se traslada a la relación (comunicación directa entre las partes). Las partes, por propia iniciativa o animados por otros, buscan la solución a sus problemas de manera que, a través del diálogo, tratan de llegar a la resolución del conflicto. En ambos la víctima puede recibir una restitución material, inmaterial o moral por parte del agresor, que a su vez libera su culpa.
Reparación. favorece una reparación directa a la vísctima.
Reparación. favorece una reparación directa a la vísctima.
Reconciliación.
Resolución. puedan ser escuchados y por tanto atendidos y resueltos (conflicto de intereses, necesidades, valores o relación) dentro de una búsqueda del
acuerdo.Resolución. puedan ser escuchados y por tanto atendidos y resueltos (conflicto de intereses, necesidades, valores o relación) dentro de una búsqueda del
Para que comprender mejor el texto, se propuso y se aceptó, la idea de crear una serie de videos, cada uno con un tipo de resolución de conflictos, para que viesemos mucho más gráficamente la idea del texto.
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